México
Los permisos serán para el derecho al autoconsumo con fines lúdicos y recreativos.

El Diario Oficial publica declaratoria sobre legalización de la mariguana

15/07/2021 - 8:52 pm

La declaratoria publicada hoy en el DOF establece que las personas que soliciten permisos para consumir mariguana deberán ser mayores de 18 años.

Ciudad de México, 15 de Julio (SinEmbargo).- El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) con el que se elimina la prohibición del consumo lúdico y recreativo de la mariguana.

La resolución obliga a la Secretaría de Salud a autorizar el uso con fines lúdicos y recreativos de la hierba con el propósito de garantizar el derecho al libre desarrollo de la personalidad.

Lo anterior, luego de que la SCJN consideró que prohibir el uso lúdico y recreativo de la mariguana viola el derecho humano al desarrollo de la personalidad que establece la Constitución mexicana.

“Se remueve el obstáculo jurídico para que la Secretaría de Salud, a través del órgano competente, autorice en lo sucesivo las actividades relacionadas con el autoconsumo de, exclusivamente, cannabis y tetrahidrocannabinol (THC) con fines recreativos, respetando el derecho fundamental al libre desarrollo de la personalidad reconocido por el artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, se explicó en el DOF.

Asimismo, se estableció que “en lo sucesivo, y mientras el Congreso de la Unión no legisle al respecto, la Secretaría de Salud deberá emitir esas autorizaciones solo a personas adultas”, de acuerdo con la sentencia emitida por el máximo Tribunal de México.

DOF - Diario Oficial de la Federación

El 28 de junio, la SCJN avaló como inconstitucional que la Secretaría de Salud prohíba el uso lúdico y recreativo de la mariguana, como se señala en los últimos párrafos de los artículos 235 y 247 de la Ley General de Salud (LGS), que sancionan el consumo recreativo de esta hierba.

La SCJN argumentó en su fallo que “mientras el Congreso de la Unión no legisle al respecto, la Secretaría de Salud deberá emitir esas autorizaciones sólo a personas adultas”, debido a que el proyecto que pretende legislar sobre el tema aún no avanza en el Senado.

Por ello, las personas mayores de 18 años que quieran portar y consumir mariguana con fines recreativos deberán solicitar un permiso a la Secretaría de Salud, mientras que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) se encargará de establecer los lineamientos para adquirir mariguana.

Sin embargo, se destacó que el permiso que las personas tramiten será sólo para el consumo de la mariguana, no para ningún otro estupefaciente o psicotrópico. Además, no se autorizará a ninguna persona a importar, comerciar o suministrar la hierba.

Subrayó que la autorización no permite “importar, comerciar, suministrar, o cualquier otro acto que se refiera a la enajenación y/o distribución de las substancias antes aludidas”.

Se precisó que los permisos serán para el derecho al autoconsumo con fines lúdicos y recreativos, siempre y cuando no se afecte a terceras personas, por lo que está prohibido consumir frente a los menores de 18 años y en lugares públicos sin permiso. Los consumidores tampoco tienen permitido conducir vehículos u operar máquinas peligrosas bajo los efectos de la mariguana.

en Sinembargo al Aire

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